Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado La Guaira, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley se declara INCOMPETENTE EN RAZÓN DEL TERRITORIO, para conocer de la presente solicitud de DIVORCIO, interpuesta por los ciudadanos ETILVIA DEL CARMEN PARDO Y RAFAEL JOSE FERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas V-17.736.007 y V-9.158.197 respectivamente, asistidos por el abogado GABRIEL LUQUE, Defensor Publico Auxiliar Segundo (2°) con competencia Civil, Mercantil y Transito, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°269.839, en consecuencia, DECLINA el conocimiento de la misma por ante el Tribunal de Municipio, del Municipio Libertador del Distrito Capital, órgano al cual se ordena remitir. Líbrese oficio, remítase conjuntamente con la presente solicitud. Cúmplase las presentes actuaciones en su oportunidad legal. Así se dec.....