acordó revisar la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Juicio Circunscripcional de fecha 14/10/2011, mediante la cual condenó al ciudadano JOSE ENRIQUE MEDINA SISTERNAS, titular del pasaporte Nº AAC622052 a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS DE PRISION y, en su lugar se rebaja la misma a DIEZ (10) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, todo ello de conformidad con lo establecido en el numeral 6to del artículo 470 en relación con la parte infine del artículo 475, ambos del Código Orgánico Procesal Penal. Asimismo, se le condena a cumplir las penas accesorias contempladas en el artículo 16 del Código Penal, y en los numerales 2 y 4 del artículo 178 de la Ley Orgánica de Drogas. Se le exonera del pago de las costas procesales, de conformidad con lo previsto en el artículo 272 del Código Orgánico Procesal Penal y por el .....