DECRETA al joven IDENTIDAD OMITIDA, Cautelar de Detención Preventiva Judicial prevista en el artículo 559 de la LOPNA para asegurar su comparecencia a la Audiencia preliminar que tiene pendiente, por estar presuntamente involucrado en el delito de OCULTAMIENTO ILICITO DE SUSTANCIAS PROHIBIDAS POR LEY tipificado en el artículo 31 de la Ley Antidrogas.