Pues bien, del extracto doctrinal que antecede, se desprende que las costas, dentro de las que se incluyen los honorarios profesionales, son condenas accesorias impuestas a la parte que resulta totalmente vencida en el proceso, las cuales pueden ser solicitadas en el libelo de la demanda sin que incurra el actor en inepta acumulación de pretensiones, pues en el caso de resultar alguna de las partes condenada, las mismas podrán ser reclamadas por ante un juicio distinto al que dio origen a la condena en costas. Y así se decide.
En cuanto al pago de bolívares, este Jurisdicente sin ánimos de emitir opinión sobre el fondo de la presente litis, luego de revisar pormenorizadamente el libelo de la demanda verificó, que no se desprende del mismo la reclamación del pago de bolívares, como aduce la parte demandada en el escrito de cuestiones previas, solo si el pago de costas procesales incluidos los honorarios profesionales, sobre lo cual este Juzgador anteriormente hizo pronunciamiento e.....