DECLARA PROCEDENTE, el pedimento formulado por el ciudadano DOMINGO VICENTE ROJAS CONTRERAS, al considerarse que en la Partida de Nacimiento No. 773, de fecha 17 de marzo de 1.961, expedida por ante la Prefectura del Municipio La Concordia del Distrito San Cristóbal del Estado Táchira hoy Registro Civil de la Parroquia La Concordia del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, aparece dos errores materiales consistentes el PRIMERO: errónea trascripción del nombre de la madre del solicitante al indicarse en la Partida de Nacimiento No. 773, como "CARMEN" siendo lo correcto "TERESA"; SEGUNDO: error de omisión al no indicarse en la partida de nacimiento No. 773, los números de cédulas de los padre del solicitante siendo lo correcto "....hijo legitimo de JULIO CESAR ROJAS, y de su cónyuge TERESA CONTRERAS, venezolanos, con cédulas de identidad Nos. V-1.627.050 y V-1.629.711,......"