Vista la Transacción Laboral de fecha cuatro (04) de mayo del dos mil siete (2007), suscrita por la profesional del derecho ANDREINA RISSON en su carácter de apoderada Judicial de la empresa OPSA OPERADORA PORTUARIA, S.A., por una parte y por la otra el ciudadano ISAAC LEZAMA PRADO, debidamente asistido por el profesional del derecho ANDRES GRILLO GOMEZ, mediante la cual las partes declaran su total conformidad en la presente Transacción y solicitan se de por terminada la misma, este tribunal la HOMOLOGA en los términos expuestos, dándole efecto de cosa juzgada, se ordena el cierre y archivo del expediente y lo da por terminado, de conformidad con lo establecido en el Articulo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo.