Este Tribunal declara TÍTULO SUPLETORIO, a favor de la ciudadana DEYILCE DEL VALLE ANDUEZA PIÑERO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-14.566.740, sobre las bienhechurías descritas en el Informe de Inspección Nº DPPCUC-OMT-477-2023, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de tercero.