EN MÉRITO DE LO EXPUESTO ANTERIORMENTE, ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD Nº 3, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: ÚNICO: DECRETA la EXTINCIÓN DE LA PENA, por cuanto el ciudadano HENRY DÍAZ, quien es de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° V.- 9.356.417, natural de la Fría, Estado Táchira, nacido en fecha 04-05-1970, de 36 años de edad, de estado civil soletero, de profesión u oficio albañil, hijo de Ana Jesús Díaz Mendoza (v) u de Maximiliano Sánchez (v), domiciliado en Barrio Nuevo, calle principal, casa S/N, Estado Táchira, dio cumplimiento efectivo a la condena impuesta por el Tribunal Décimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, en fecha 09 de septiembre de 2005, en la cual se condenó a cumplir la pena principal de NUEVE (.....