Tal como el propio procesalista antes mencionado lo indica, en la doctrina antes citada y aplicando dichos supuestos al caso de marras, se puede concluir que la citación por carteles de las co demandadas YAJAIRA FUENTES PÉREZ y MARTHA INÉS VIUDA DE FUENTES, se configuró para el día 22 de enero de 2010, cuando la secretaria del Tribunal comisionado mediante diligencia que riela al folio 1.273, fijó el cartel de citación acordado, previamente consignado y publicado en los diarios mencionados por el Tribunal encargado de la comisión de citación y luego de 132 días calendario continuos, es cuando la co demandada YAJAIRA FUENTES PÉREZ, compareció al Tribunal a fin de otorgar poder apud acta, quedando citada conforme al artículo 216 del Código de Procedimiento Civil, tiempo que supera con creces el estipulado en el artículo supra señalado.
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, NIEGA la solicitud de peren.....