IMPROCEDENTE la querella que por Interdicto de Obra Nueva incoada por la ciudadana YAJAIRA VIVAS ROLON, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.194.911, domiciliada en la calle 7, N° 3-32, Barrio Bonilla, Ureña, Municipio Pedro María Ureña, Estado Táchira.