III
DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, decide en los términos siguientes:
PRIMERO: Se declara IMPROCEDENTE la solicitud de la MEDIDA DE SUSPENSIÓN DE EFECTOS en contra del acto administrativo contenido PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nº 313/2016, dictada en fecha 04 de noviembre de 2016, signado con el expediente Nº 036-2016-01-01382, dictada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO en el estado Vargas, incoado por la entidad de trabajo HOTEL RESIDENCIAS MIRAMAR MS SUITES, C.A., contra el ciudadano JOSÉ IGNACIO VIZCAÍNO CABALLERO; Extranjero, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº E-84.555.550, mediante la cual declaró CON LUGAR la SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE DESPIDO.
SEGUNDO: No hay condenatoria en cos.....