Por la motivación antes expuesta este TRIBUNAL PRIMERO DE TRANSICION DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECIDE:
PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR, la acción intentada por la ciudadana MARÍA DE LOS SANTOS RADA, contra INDUSTRIAS LACTEAS DEL TACHIRA C.A, ambas partes suficientemente identificadas en los autos.
SEGUNDO: SE CONDENA a la empresa INDUSTRIAS LACTEAS DEL TACHIRA C.A (ILATACA), al pago de la cantidad de OCHOCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS OCHO BOLIVARES CON SETENTA Y SIETE CÉNTIMOS (Bs. 847.808,77), por concepto de horas extraordinarias nocturnas trabajadas y no pagadas durante toda la relación laboral de la trabajadora demandante.
TERCERO: SE CONDENA a la empresa demandada al pago de la diferencia en la indemnización a que se refieren los artículos 28, 37 y 39 de la Ley del Trabajo vigente para la época del .....