REVOCA POR INCUMPLIMIENTO la Medida Cautelar menos gravosa dictada a la adolescente IDENTIDAD OMITIDA y se le DECLARA EN REBELDÍA, ordenando su inmediata ubicación con ORDEN DE CAPTURA, paralizándose esta causa hasta tanto sea aprehendida esta joven, todo de conformidad con los artículos 262 numerales 2do. y 3ro. del COPP, por remisión del 537 de la LOPNA, además del 617 de esta última ley referida.