EN CONSECUENCIA, ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EXTENSIÓN SAN ANTONIO DEL TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:
PRIMERO: CALIFICA LA FLAGRANCIA en la aprehensión del ciudadano JACKSON ALEXANDER MORA LIRA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, natural de Maturín, Estado Monagas, nacido en fecha 11 de Octubre de 1.983, de 26 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.960.815, soltero, hijo de Miguel Mora (v) y de Nohemí Lira (v), de profesión u oficio mecánico, teléfono: 0416-2719582, residenciado en El Poblado, calle Principal, vereda 6, Casa S/N Blanca, Rubio, Municipio Pedro Junín del Estado Táchira, en la presunta comisión de los delitos de ACOSO U HOSTIGAMIENTO Y AMENAZA, previstos y sancionados en los artículos 40 y 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de .....