Sobre las motivaciones de hecho, de derecho y Jurisprudencial ya expuestas y analizadas, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: Con Lugar la solicitud de Divorcio por Mutuo Consentimiento efectuada por los ciudadanos PABLO JAVIER VILLAMIZAR e IRAIZA PEREZ CHACON, venezolanos, mayores de edad, titulares en su orden de la cédula de identidad No.V-10.170.839 y No.V-11.506.365, asistidos por el abogado Víctor Hugo Guerrero, ya identificado.
SEGUNDO: Queda Disuelto el Vínculo Matrimonial que entre ellos fue contraído, ante el Registrador Civil del Municipio Independencia, hoy Municipio Capacho Nuevo del estado Táchira, en fecha 02 de diciembre de 2011, conforme Acta de Matrimonio No. 091.
TERCERO: Por cuanto la presente sentencia no tiene apelación, se decl.....