En consecuencia, considerando este tribunal que constan en documentos públicos el carácter de socios de los solicitantes en la Compañía Anónima CENTRO CLÍNICO SAN CRISTÓBAL, y que existe inseguridad jurídica respecto a las autoridades legítimas actuales de dicha Compañía Anónima, y considerando el carácter erga omnes que tiene el Acta inscrita bajo el Número 71, Tomo 9-A de fecha 23 de Julio de 2003, (Expediente Nº 137) por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. en la que consta la elección como Junta Directiva período 2003-2005 de los socios que allí se mencionan, SE DECRETA MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA: En consecuencia se suspenden en el ejercicio de sus cargos proclamados por la Junta Electoral en Asamblea General Extraordinaria de fecha 30.06.2005 como Junta Directiva para el período 2005-2007 del Centro Clínico C.A. a los siguientes socios proclamados como ganadores: Presidente: Helmer Alberto Gámez Navarro, titular de la Cédula de Iden.....