Por lo anteriormente expuesto, esta Juez Unipersonal de la Sala de Juicio del TRIBUNAL DE
PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLECENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en Nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la solicitud de Rectificación Partida de Nacimiento de la niña .- En consecuencia la Partida de nacimiento signada con el Nro. 076 Levantada en fecha 08 de Mayo de 1998, expedida por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Amenodoro Rancel Lamus del Municipio Cárdenas Estado Táchira y Registro Principal en el Estado Táchira, inserta en los libros de los Registros Civiles llevados, DEBERÁ QUEDAR RECTIFICADA: en el sentido de que en donde aparezca el numero de la cédula de residente del padre de la niña y la residencia de los padres al final debe agregarse su número de cédula de Residente y residenciados "... N° E-84.397.383 y residenciados en el Junco Municipio Cárdenas Estado T.....