JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, CONCEDE FUERZA EJECUTORIA en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela a la sentencia dictada en la República de Colombia Rama Judicial Juzgado Segundo de Familia Palmira, sentencia No. 176, Rad No. 2006-00270 de fecha 26 de julio de 2006 en la que se autorizó el Divorcio del matrimonio que fue contraído por los ciudadanos ANA RUPERTA VIVEROS y MANUEL ANGEL CASANOVA CASTILLO, antes identificados, en fecha 16 de septiembre de 1972, en la Parroquia La Inmaculada Concepción de Puerto Tejada, Cauca, Arquidiócesis de Popayán Ministerio Parroquial