´En consecuencia, este Tribunal en acatamiento a lo ordenado por el mencionado Tribunal Superior decreta medida de prohibición de enajenar y gravar sobre el cincuenta por ciento (50%) de los derechos y acciones sobre el siguiente inmueble: Compuesto por una casa para habitación y la parcela de terreno sobre la cual está construida, signada con el N° 32, la cual forma parte de la Urbanización La Colonia de la ciudad de Rubio, Municipio Junín del Estado Táchira, comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas; Norte: Con parcela N° 46, en diecisiete metros (17,00mts); Sur: Con calle letra P, en diecisiete metros(17 mts);Este: Con parcela N° 31, en veinte metros (20 mts) y Oeste: Con parcela N° 33, en veinte metros (20 mts). Tales derechos corresponde al codemandado ciudadano José Marsal Bruna Cook, venezolano, casado, titular de la cédula de identidad N° V.-9.789.737, según consta en documento Protocolizado por ante la Oficina de Registro Público del Municipio Junín y Rafael U.....