PRIMERO: DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por el codemandado Javier Carrillo Guerrero, asistido de abogado, mediante diligencia de fecha 11 de noviembre de 2008.
SEGUNDO: Conforme a lo dispuesto en los artículos 206 y 211 del Código de Procedimiento Civil, REVOCA PARCIALMENTE la decisión de fecha 10 de noviembre de 2008 proferida por la Juez Unipersonal N° 02 Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, sólo en cuanto al punto relacionado con la citación de los codemandados José Orlando Carrillo Marín, Carlos Arturo Carrillo Guerrero, José Adrián Carrillo Guerrero, Luis Ernesto Carrillo Guerrero y Maigualida Carrillo Marín, dado que el codemandado Javier Carrillo Guerrero ya se encuentra a derecho. En consecuencia, ordena que se practique su citación conforme a lo previsto en el artículo 461 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con las norma.....