DECLARA CON LUGAR EL DIVORCIO POR RUPTURA PROLONGADA DE LA VIDA EN COMÚN de los ciudadanos: RUTH MAGALY OSORIO DE COLMENARES y ANGEL MARINO COLMENARES UZCATEGUI, venezolanos, mayores de edad titulares de las cédulas de identidad Nro V-5.681.587 y V-5.664.758, respectivamente; en consecuencia queda disuelto el vinculo matrimonial celebrado entre ellos, , por ante la Prefectura del Municipio San Juan Bautista del Distrito San Cristóbal del Táchira, en fecha once (11) del mes de diciembre del año mil novecientos ochenta y seis (1986), según consta en acta de matrimonio Nro 415.