PRIMERO: Las partes dan por terminado el presente juicio mediante el pago de la cantidad de SEIS MIL SEISCIENTOS NOVENTA CON TREINTA Y SIETE CÉNTIMOS DE BOLÍVARES (Bs. 6.690,37), cantidad que comprende los conceptos reclamados en la demanda y que la parte demandada se compromete a pagar así: la cantidad de UN MIL TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO CON SIETE CÉNTIMOS DE BOLÍVARES (Bs. 1338,07) en este mismo acto, mediante cheque del Banco Banfoandes N° 53320035 de la Cuenta Corriente N° 0007-0147-57-0000000433 de fecha 05-05-11 a nombre de Enrique Alberto Zamora y la cantidad restante, CINCO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS CON TREINTA CÉNTIMOS DE BOLÍVARES (Bs. 5.352,30) que será pagada el día 06 de junio de 2011 por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de este Circuito Judicial Laboral. SEGUNDO: En la presente mediación, producto de las recíprocas concesiones de las partes, éstas manifiestan su entera conformidad con el acuerdo alcanzado y a su vez declaran que nada .....