EL JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declaró: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha primero (01) de diciembre de 2015, por el abogado Rafael Enrique Bonilla Gutiérrez, contra la decisión de fecha veintitrés (23) de noviembre de 2015, dictada por el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de esta Circunscripción Judicial. SEGUNDO: SE REVOCA la decisión de fecha veintitrés (23) de noviembre de 2015, dictada por el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de esta Circunscripción Judicial, ordenando que otro Juzgado de Municipio con igual competencia decida nuevamente sobre si tiene o no derecho el abogado Rafael Enrique Bonilla Gutiérrez derecho a cobrar honorarios profesionales. TERCERO: No hay CONDENA en cost.....