DECISIÓN
Por las razones de hecho y de derecho expuestas, quien suscribe en mi carácter de Juez Presidente de la Corte de Apelaciones en lo Penal Ordinario y Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado La Guaira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ADMITE y DECLARA CON LUGAR la inhibición propuesta por el Dr. FRANCISCO ADOLFO ESCAR HIDALGO, en su carácter de Juez de esta Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, presentó acta de inhibición en la incidencia signada con la nomenclatura alfanumérica 105-2022, seguida contra el ciudadano LUIS EDUARDO LEIVA MARQUEZ, de conformidad con lo previsto en el artículo 90, en relación con el artículo 89 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal. Asimismo se ordena convocar a un suplente para la conformación de una nueva Sala.
Publíquese, déjese copia y líbrese oficio al juez inhibido junto con copia certificada del presente fallo.
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