En este estado la ciudadana ABG. LENIN DEL GUIDICE GALEANO, Juez Quinto de Control, pasa a decidir y expone: PRIMERO: Se declara con lugar la solicitud Ministerio Público, en el sentido de que sean ratificadas las Medidas de Protección impuestas por el órgano receptor de la denuncia en favor de la ciudadana MILDRED MAQUEDA, de las previstas en el artículo 87 numerales 5° y 6° que consisten: la 5° en: Prohibir o restringir al presunto agresor el acercamiento a la mujer agredida; en consecuencia, imponer al presunto agresor la prohibición de acercarse al lugar del trabajo, de estudio y residencia de la mujer agredida y la 6° en: Prohibir que el presunto agresor, por si mismo o terceras personas, realice actos de persecución, intimidación o acoso a la mujer agredida o algún integrante de su familia. Así mismo este Tribunal acuerda imponerle al ciudadano JHONY MARTIN SANCHEZ PADRON, la Medida Cautelar prevista en el artículo 92 ordinal 7° de la Ley Especial, que consiste en imponer al .....