sE HOMOLOGO EL CONVENIMIENTO, Queda fijada la Obligación de Manutención a favor de los niños:xxxxxxxxxxxxxxxx, respectivamente, en la cantidad de MIL SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.600,00) mensuales, cantidad esta que entregará a la madre en forma semanal, es decir CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs. 400,00) semanales, representada en un mercado, que entregara a la madre el día domingo. En cuanto a los demás gastos relacionados con ropa, zapatos, medicinas y demás gastos que se generen serán compartidos en un 50% por cada progenitor. TERCERO: Se establecen dos (02) bonos por igual cantidad a la mensualidad es decir: MIL SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.600,00), para los meses de septiembre y diciembre de cada año, que cubrirán gastos relacionados con gastos escolares y decembrinos.