PRIMERO: Declarar Parcialmente Con Lugar la solicitud de AUMENTO de Obligación de Manutención planteada por YELITZA EVELIN CHACON FLOREZ, con cédula N° V-15640634 y residencia en esta ciudad, en su condición de Madre de VALERY A. y JOSUE A. RANGEL CHACÓN, y al cargo de FRANKLIN ALEXANDER RANGEL CHACON, con cédula N° V-9212375 y domicilio en San Cristóbal, en su condición de Padre,
SEGUNDO: Ordenar a FRANKLIN ALEXANDER RANGEL CHACON, con cédula N° V-9212375 y domicilio en San Cristóbal, en su condición de Padre, pagar mensualmente a partir de hoy, UN MIL NOVECIENTOS Bolívares (Bs. 1.900,oo) equivalente al 43,66 % del sueldo mínimo nacional o 14,99 unidades tributarias, como Obligación de Manutención en favor de sus hijo-a, con depósito bancario,
TERCERO: Ajustar la mensualidad cuando varíen las necesidades del hijo-a, y los ingresos del Padre, en base a los índices del Banco Central;