Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA; administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: INADMISIBLE, la demanda interpuesta por la ciudadana ALIX TERESA CHACON ANDRADE, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.4.095.827, con domicilio en la carrera 7, casa N° 2-9, Sector Patiecitos Palmira, Municipio Guasimos , estado Táchira, asistida en este acto por la abogada en ejercicio GLADYS ELENA BAUSTISTA LEON, inscrita en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el N° 46.706.