El JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declaró:
PRIMERO: SIN LUGAR la regulación de competencia planteada en fecha 20/05/2024 por la abogada Zaide Elynore Burgos Flores, apoderada judicial de la demandada sociedad mercantil "INVERSIONES ALTAVISTA C.A", con motivo de la cuestión previa de incompetencia por la cuantía opuesta con fundamento en el ordinal 1° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, en el juicio de resolución de contrato intentado por la ciudadana Noelia Pérez Castellanos.
SEGUNDO: SIN LUGAR la cuestión previa opuesta con fundamento en el ordinal 1° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, referente a la incompetencia del tribunal en razón de la cuantía.
TERCERO: COMPETENTE para seguir conociendo del presente asunto al Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Trá.....