Concluido como ha sido el trámite inherente a la presente solicitud de Notificación Judicial presentada por la ciudadana IVANA PALAZZONE ESTEVES, venezolana, titular de la cédula de identidad Nro. V- 7.999.022, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 245.075, quien actúa en su propio nombre y representación, Dispone el artículo 932 del Código de Procedimiento Civil:
"Si se solicitare la notificación al subarrendatario o tenedor de una finca vendida en pacto de rescate, de que debe entenderse para el pago de alquileres con el comprador, bien por estar así convenido, bien por no pagar el vendedor las pensiones de arrendamiento, el Juez hará la notificación o comisionará a un inferior para que la verifique".
En este sentido, evacuada oportunamente la Solicitud que nos ocupa en la siguiente dirección: Caraballeda, Subida La Miel, San Julián, al lado del Colegio Hilda, Municipio Vargas a la SOCIEDAD MERCANTIL VANVITELLI AGENTES ADUANALES, C.A. Este Tribunal dec.....