Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado del Municipio Ayacucho de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Actuando en este Acto con funciones de Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de La Ley, Resuelve:
Primero: Se declara Con Lugar la solicitud de cumplimiento de la Obligación Alimentaría, incoada por la ciudadana NELLY MARINA PORTILLA, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.658.693, domiciliada en la carrera 2 con calle 3, N° MIDC-1, San Juan de Colón, Municipio Ayacucho del Estado Táchira, actuando con el carácter de madre de su hijo JAVIER ALEJANDRO ARIAS PORTILLA, en contra del ciudadano JAVIER ANTONIO ARIAS GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.219.292, domiciliado en la calle 11 con carrera 24, N° 23-89, Barrio Obrero San Cristóbal, Estado Táchira, y en consecuencia.....