EL Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARÓ: PRIMERO: SIN LUGAR EL RECURSO DE HECHO interpuesto en fecha 16/09/2014, por los abogados Jesús A. Vivas Terán y Consuelo Barrios Trejo, apoderados de la ciudadana Sonia Floripes Chacón de Rossi, contra el auto dictado en fecha 12/08/2014 por el Juzgado Segundo Accidental de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, en la que negó la apelación interpuesta en fecha 04 de agosto de 2014, por extemporánea por tardía. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión de fecha doce (12) de agosto de 2014, dictada por el Juzgado Segundo Accidental de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, que negó la apelación por ser extemporánea por tardía.