VI
DECISIÓN
En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte accionada contra la decisión dictada en fecha 23 de julio de 2015, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión recurrida.
TERCERO: Se declara CON LUGAR LA DEMANDA interpuesta por el ciudadano CARLOS FERNANDO URIBE GUERRERO en contra de la Gobernación del estado Táchira, por Cobro de salarios dejados de percibir y beneficio de alimentación. En consecuencia, se ratifica la condena a la demandada, debiendo pagar al actor la cantidad de SETENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES CON CUATRO CÉNTIMOS (Bs. 73.350,04).
.....