Por los razonamientos anteriormente expuestos y de conformidad con lo establecido en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO MIXTO NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE:
Primero: ABSUELVE POR UNANIMIDAD al ciudadano MAURICIO MENDOZA CAICEDO, de nacionalidad venezolana, casado, titular de la cédula de identidad Nº V-8.103.894, nacido en fecha 17 de abril de 1964, de 44 años de edad, de profesión u oficio comerciante, residenciado en el barrio El Pinar, calle principal, vereda 3, casa N° 2-34, Colón, Municipio Ayacucho, Estado Táchira, por los delitos de PRESENTACIÓN DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD CORRESPONDIENTE A OTRA PERSONA, previsto y sancionado en el artículo 28 de la Ley Orgánica de Identificación, en perjuicio del Estado Venezolano, ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el art.....