IV
DISPOSITIVA
En mérito de las precedentes consideraciones este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, con las facultades otorgadas en el artículo 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: SE DECLARA INADMISIBLE la demanda incoada por el Ciudadano PEDRO ERASMO MORENO GARCÍA contra el ciudadano JESÚS MANUEL MORENO GARCÍA, por PARTICION Y LIQUIDACION DE COMUNIDAD.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandante por haber resultado totalmente vencido en la presente incidencia de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Una vez firme la presente decisión se da por terminado el juicio y se ordena el archivo del presente expediente.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscri.....