Por los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO NÚMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA EXTENSIÓN SAN ANTONIO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, resuelve:
UNICO: DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad a lo establecido en el artículo 48 numeral 7°, del Código Orgánico Procesal Penal y el artículo 45 ejusdem, y en consecuencia DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor del ciudadano PRADA GARCIA DANIEL ALFONSO, de nacionalidad Colombiana, natural de Covarachia Departamento de Boyacá, Republica de Colombia, nacido en fecha 15-09-1.979, de 29 años de edad, titular de la cédula de ciudadanía Nº 13.721.586, de estado civil soltero, de profesión Comerciante, residenciado en vereda 8, Machiri, San Cristóbal, Estado Táchira, por la comisión del delito de USO DE DOCUMENTO PUBLICO FALSO , previsto y sancionado en el artículo 45 de .....