Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de los trabajadores, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Ambas partes solicitan copia certificada de la presente acta, este Tribunal acuerda lo peticionado, en consecuencia ordena expedir la copia certificada de la presente acta a los peticionantes. Por cuanto en este acto se demostró el pago de las prestaciones sociales del trabajador, y no quedan más actuaciones que realizar ordena el archivo del expediente
LA JUEZ
ABOG. BEATRIZ GONZÁLEZ GIRALDO LA SECRETARIA
Los Presentes,
APODERADA DE LA PARTE ACTORA:
MARÍA BETZABEÉ APITZ BARRIOS
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA:
EDWIN ALEXANDER DÍAZ LACRUZ