CAPITULO III
HOMOLOGACIÓN
En consecuencia y por cuanto la conciliación suscrita entre las partes no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte HOMOLOGACIÓN a la solicitud presentada por la demandante ciudadana JESSIKA LISBETH GUERRERO en fecha 01 de Febrero de 2008 que corre inserta al folio (f.07) y posterior conformidad hecha por el demandado LUIS ANTONIO SUAREZ DIEZ mediante diligencia de fecha 04 de Marzo de 2008 que corre inserta al folio (f.17), con la suma o cuota solicitada por la demandante; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Se acuerda la revisión anual del monto de la Obligación alimentaria, conforme a lo establecido en el último aparte del artícul.....