Primero: Revisa la medida privativa de libertad impuesta en fecha 06 de Agosto de 2010, por el Juzgado de Primera Instancia en función de Juicio de la Sección Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, al adolescente para el momento del hecho (SE OMITE SEGÚN ELARTICULO 545 DE LA L.O.P.N.N.A), (actualmente recluido en el Centro de Formación Integral San Cristóbal); de acuerdo a lo indicado en el artículo 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Segundo: Declara sin lugar la solicitud de sustitución de la medida privativa de libertad efectuada por la defensa y mantiene la medida privativa de libertad, impuesta en fecha 06 de Agosto de 2010, por el Juzgado de Primera Instancia en función Juicio de la Sección Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, al adolescente para el momento del hecho (SE OMITE SEGÚN ELARTICULO 545 DE LA L.O.P.N.N.A), ampliamente identificado en autos, por la comisión de los d.....