En base a los argumentos antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en función de Control de esta Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en nombre de la República y por autoridad de la ley, hace el siguiente pronunciamiento: Se ordena remitir a la Fiscalía Superior de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, la respectiva solicitud de querella, presentada por los ciudadanos ANTONIO VALERIANO VERA, JUAN FRANCISCO VALERIANO RAMOS y NINOSKA VALERIANO RAMOS, titulares de las cédulas de identidad Nº V- 2.119.550, 5.577.728 y 6.487.616, respectivamente, residenciados en la urbanización Playa Grande, avenida Circunvalación Norte entre calle 1 y 2, residencia Los Vikingos, piso 6, apartamento 6- C, Parroquia Raúl Leoni, Catia La mar estado Vargas, por la presunta comisión de los delitos de HURTO SIMPLE, ESTAFA, APROPIACIÓN INDEBIDA CALIFICADA y FALSO TESTIMONIO, previstos y sancionados en los artículos 451, 462, 468 y 320 todos del Código Penal, en virtud de que los.....