Condena a los ciudadanos ROMNIE JAVIER CAIRO LAVIENTURA y CARLOS ALBERTO RODRÍGUEZ BLANCO suficientemente identificados, a cumplir la pena de Dos (2) Años y Seis (6) Meses de Prisión, por la comisión de los delitos de Hurto Calificado y Agavillamiento, contenidos en los artículos 453, numeral 1 y 286 del Código Penal, en concordancia con el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal.