Este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la solicitud interpuesta por la Defensa Privada, mediante el cual solicita la paralización de la presente causa, hasta tanto sea resuelto el expediente que se le sigue al ciudadano Leonardo Antonio González, ante el Tribunal Tercero de Control, para su posterior acumulación, en aplicación de la sentencia No. 1054, de fecha 01-06-2004, Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.