PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de Partición interpuesta por el ciudadano JOSE LUIS CEBALLOS PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.134.150, domiciliado en la carrera 13, calle 8, N° 7-56, Barrio San Carlos, Parroquia Pedro Maria Morantes, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira y hábil, contra la ciudadana ANA JULIA GARCIA NIÑO (De Cujus), venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.206.458, este domicilio y hábil.
SEGUNDO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la oposición a la partición formulada por la ciudadana ANA JULIA GARCIA NIÑO (De Cujus), anteriormente identificada, parte demandada en la presente causa.
TERCERO: SIN LUGAR las defensas y excepciones de indebida acumulación de pretensiones alegada por la parte demandada ciudadana ANA JULIA GARCIA NIÑO (De Cujus).
CUARTO: SE FIJA a las 10:00 de la mañana del Décimo día Despacho siguiente a aquel en que haya quedado firme la presente decis.....