Con base en las consideraciones antes expuestas, este Juzgador de Primera Instancia en función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad Nº 04, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la solicitud efectuada por el ciudadano ELKIN CRIOLLO MONCADA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nr.19.290.204, indocumentado, soltero, obrero y residenciado en el Fundo, Vereda la Ceiba, cerca de la Vereda El Martillo, vía el Nula, Estado Apure y en consecuencia ACUERDA LA CONMUTACIÓN del resto de la pena de prisión que debe cumplir en CONFINAMIENTO, durante un lapso de UN (01) AÑO, DIEZ (10) MESES, VEINTISEIS (26) DÍAS Y DOCE (12) HORAS, de conformidad con lo establecido en los artículos 53 y 56 del Código Penal, y 479 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal. Por lo tanto, SE DESIGNA PARA EL CUMPLIMIENTO DE .....