PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA que por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO incoara la ciudadana MARIA LUCENA DE GUERRERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cèdula de identidad Nº 5.094.446, de este domicilio Contra el ciudadano MAXIMO FELIPE ORTUÑO RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº. 5.093.501. En consecuencia se declara resuelto el contrato de arrendamiento, suscrito entre las partes en fecha primero (01) de agosto del año dos mil tres (2.003).
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada a entregar a la actora el inmueble objeto del contrato de arrendamiento resuelto, consistente en un apartamento, ubicado en el Callejòn Tàchira, Segundo Piso, Calle Nueva, Los Dos Cerritos, casa Nº 21, Pariata, Maiquetia, estado Vargas.
TERCERO: Se condena a la parte demandada a pagar a la actora la cantidad de SETECIENTOS VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 720.000.°°), por concepto de pago por via subsidiaria, de los cànones d.....