En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: 1° INADMISIBLE el presente recurso de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil Distribuidora Urumita C. A., en contra de la providencia administrativa 249-2012, de fecha 5.3.2012, emanada de la Inspectoría del Trabajo del estado Táchira, en el expediente administrativo n.° 054-2010-01-00017, nomenclatura llevada por ese órgano administrativo, que se emitió en el procedimiento de solicitud de reenganche y pago de salarios dejados de percibir incoado por los ciudadanos Domingo Asdrúbal Contreras Acosta, Albert Andrei Cortes León y Juan Carlos Herrera, titulares de la cédula de identidad n. os V.-14.230.434, V.-19.521.201 y V.-15.775.728, en su orden, de conformidad con el artículo 35 de la Ley Orgánica de.....