De acuerdo a las consideraciones expuestas este Juzgado QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR el DIVORCIO, con base en el artículo 185-A del Código Civil, en consecuencia, queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL existente entre los ciudadanos LUIS FRANCISCO GOMEZ CHACON Y MIRYAM GUERRERO DE GOMEZ, venezolanos, titulares de la cédula de identidad N° V-22.676.125 y V-9.220.233, contraído por ante la Primera autoridad Civil del Municipio Cárdenas del Estado Táchira, anotada bajo el Nº 62 del Libro de Registro Civil de Matrimonios, de fecha 12 de marzo de 1986, con posterior inserción N° 187, de fecha 30 de diciembre de 2008, por ante el Registro Civil del Municipio Guasimos del Estado Táchira.
Liquídese la sociedad conyugal si hubiere lugar a ello.
Por cuanto la presen.....