En orden a las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la apelación interpuesta por la ciudadana Dilia María Martínez Zambrano, asistida por el abogado Reideer Smith Rivas Rivas, mediante diligencia de fecha 16 de junio de 2016, contra el auto de fecha 9 de mayo de 2016 dictado por el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
SEGUNDO: NULO el auto de fecha 20 de junio de 2016, por el que el mencionado Tribunal admitió la apelación.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.
Regístrese, publíquese, y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 248.....