declara que no tiene nada más que reclamar por dicha relación laboral. Por lo antes expuesto este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, HOMOLOGA EL ACUERDO REALIZADO ENTRE LAS PARTES, de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena expedir dos (02) copias certificadas, y se ordena el archivo del expediente después de librar los oficios correspondientes y que el banco le haga la entrega de la libreta de ahorros a la trabajadora. Es todo, terminó, se leyó y firman conformes.
LA JUEZ.
Dra. YALENA MORA.
PARTE OFERIDA
LA PARTE OFERENTE.
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