Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de la trabajadora, ni normas de orden público DECLARA HOMOLOGADO EL ACUERDO al cual llegaron las partes en esta Audiencia Preliminar: ciudadano LUIS ENRIQUE SUAREZ VIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula Nº. V.-19.234.115, acompañado por las abogadas IRIS MENESES DE VILLAMIZAR y ALIX YOSELIN SILVA, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 316.307 y 311.174, en su orden y la parte demandada sociedad mercantil EL ANDINO DISTRIBUCIONES TACHIRA C.A., por medio de su apoderado judicial Abogado Orlando Eleazar Montilla Guerrero, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº. 143.576, (Quien tiene facultad para transigir en el Poder Apud Acta que consta en autos al folio 20 del expediente), por la cantidad de CUATROCIENTOS TRECE DÓLARES AMERICANOS (413 $), para ser pagado en este Acto al demandante por medio de una transferencia bancaria.....